¿Cómo escolarizo a mis hijos?

  • El proceso de retorno es un camino que se debe planificar paso a paso y teniendo en cuenta a todos los miembros de la familia.
13
Dec
2019

El proceso de retorno es un camino que se debe planificar paso a paso y teniendo en cuenta a todos los miembros de la familia. Y es que la responsabilidad pesa más si tienes una familia que regresa contigo. En destino, la elección del barrio donde os asentaréis o la búsqueda de vivienda será más minuciosa y lo que es muy importante, podría determinar el centro educativo en el que estudiarán vuestros hijos. 

Si organizáis con la suficiente antelación vuestra mudanza tendréis que considerar no sólo las opciones de colegios que hay en vuestra nueva ciudad, sean públicos, concertados o privados, sino también la fecha del inicio del curso escolar. Es aconsejable que os trasladéis con los niños antes de que comience.

El acceso a la educación es un derecho y los alumnos procedentes de un sistema educativo extranjero tienen la opción de incorporarse a alguno de los seis cursos de Educación Primaria o hasta cuarto de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) sin realizar ningún tipo de trámite de convalidación de sus estudios.

El proceso de escolarización en los colegios de infantil y primaria suele iniciarse en marzo con la publicación de las plazas escolares vacantes en los centros, abriéndose el período de solicitudes antes de que termine el mes. En el caso de que vuestros hijos empiecen la ESO o el Bachillerato también debéis estar atentos a estas mismas fechas, porque se abre el plazo de solicitud de admisión para los alumnos de nueva incorporación.

Tenéis la posibilidad de presentar de forma electrónica la solicitud, la documentación y la tramitación del procedimiento.

Única solicitud

Si vuestra elección es un centro público o uno concertado, solo se puede presentar una única solicitud, en la que puedes hacer constar hasta cinco colegios más por orden de preferencia. Es aconsejable que tengas en cuenta el orden de elección y cubras la lista, para que, en el caso de que no os concedan el centro de preferencia, aseguréis al menos que vuestro hijo acudirá a otro del área de influencia de vuestro domicilio.

Si el centro registra más solicitudes que plazas, el alumnado entrará según la asignación de puntos otorgados por la aplicación de un baremo con estos criterios: existencia de hermanos en el centro o de un progenitor trabajando en él; la proximidad de vuestro domicilio familiar o de vuestro lugar de trabajo; la renta anual de la unidad familiar con referencia al IPREM; si sois familia numerosa o monoparental o algún miembro presenta una discapacidad del 33% o más.

Documentación

Para realizar la solicitud de matrícula y avalar los méritos si hay más demanda que oferta, es necesario que presentéis los siguientes documentos:

  • Copia de vuestros DNI.
  • Documento acreditativo de la edad del alumno o alumnos con el DNI o el Libro de Familia si aún no lo tuviera.
  • Convenio regulador o resolución judicial de separación o divorcio, si es el caso.
  • Fotocopia completa del Libro de Familia para acreditar los hermanos ya matriculados.
  • Documento expedido por el centro acreditando si alguno de los padres trabaja en el propio centro.
  • Certificado de empadronamiento para acreditar que el domicilio familiar está en el área de influencia del centro o en el área limítrofe, con antigüedad de al menos un año.
  • Para acreditar el lugar de empleo en el área de influencia o limítrofe, documento expedido por el empleador o contrato de trabajo, para trabajadores por cuenta ajena; alta censal inicial ante la Agencia Tributaria con todas las modificaciones posteriores y las altas en la Tesorería General en el Régimen de la Seguridad Social, para trabajadores por cuenta propia; y certificado de la Jefatura de Personal correspondiente para el personal al servicio de las administraciones públicas.
  • Acreditación de la renta anual de la unidad familiar cuando se deniegue la consulta automática a la Agencia Tributaria para aplicar el baremo.
  • Fotocopia del título oficial de familia numerosa en vigor o del carné familiar gallego.
  • Fotocopia del Libro de Familia o convenio regulador o resolución judicial para acreditar la condición de familia monoparental.
  • Certificado del dictamen de discapacidad emitido por el órgano competente.
  • Acreditación para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo con documentación justificativa de sus circunstancias y en caso de alegar situación desfavorecida, informe de los servicios competentes.

En el caso de alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo, los centros que escolaricen  este alumnado deberán reservar tres puestos escolares por unidad en 4º de educación infantil, 1º de primaria y 1º de la ESO. En la solicitud debéis señalar expresamente que demandáis esta plaza.

Si no obtuvierais plaza en los centros solicitados, vuestra petición sería remitida a la Comisión de Escolarización, que asignaría plaza donde existieran vacantes valorando vuestras preferencias y puntuación. La misma Comisión evaluaría vuestra situación si retornáis y tenéis que buscar colegio una vez ha empezado el curso escolar, por lo que sería conveniente que os informarais en el Servicio Territorial de Inspección Educativa correspondiente.

Por otra parte, la elección de un centro privado supondrá que no está sujeto a estas condiciones por no depender de una subvención pública, por lo que si os decantáis por esta opción debéis informaros de los requisitos que cada colegio o colegios que os interesan establece para la admisión y del coste económico que conlleva cada uno.

A la hora de elegir colegio estudiad todas las opciones que ofrece a la familia, en cuanto a horarios de conciliación y actividades extraescolares, o servicios como el comedor o madrugadores. La educación pública es gratuita, aunque tenéis que tener en cuenta los gastos que suponen estos extras a la hora de elaborar un presupuesto escolar, y valorar las becas que están a vuestra disposición para sufragar los pagos del comedor y la compra de material escolar y libros.

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Bienvenido, benvido a Galicia

  • Ya estás de vuelta, en Galicia, y mientras deshaces las maletas y pones orden, debes realizar una nueva lista de cosas que no te puedes olvidar para asegurarte un buen comienzo de etapa.
12
Dec
2019

Ya estás de vuelta, en Galicia, y mientras deshaces las maletas y pones orden, debes realizar una nueva lista de cosas que no te puedes olvidar para asegurarte un buen comienzo de etapa. Quizá estés en plena búsqueda de vivienda o tenías una a la que volver, en estos primeros momentos debes apoyarte en la familia o en los amigos. Seguro que de algún modo una comunidad de personas estaba esperando tu regreso. No dudes en pedir ayuda para organizarte. Estás en una etapa de adaptación, especialmente si ya has pasado media vida en el extranjero.

Los trámites no han acabado porque hayas conseguido tu objetivo de regresar a Galicia. Los hay y muy importantes que solo puedes hacer en retorno y que necesitarás para servirte de ellos en todos los ámbitos.

¿Y por dónde empiezo? Por lo imprescindible. 

Actualiza tu documentación, el DNI solamente se puede tramitar en España y es obligatoria su expedición para los mayores de 14 años. Según se trate de la primera inscripción para tus hijos o tengas que renovarlo para que figure tu nuevo domicilio, tendrás que anticiparte y preparar la documentación necesaria para la tramitación.

No olvides que es una gestión para la que necesitas tener cita previa en las oficinas de expedición de la Dirección General de la Policía. Es recomendable que realices la solicitud con la mayor antelación posible, si puedes incluso antes de viajar.

Si dispones de DNI antes de tu retorno, recuerda que también tendrás que acudir a renovarlo, para que en el lugar de tu domicilio en el extranjero figure el de tu empadronamiento en Galicia. 

¿Ya te has instalado en tu nuevo hogar? Y es que un trámite lleva al otro. Una vez en España, estás obligado a inscribirte en el padrón municipal del ayuntamiento donde vayas a residir habitualmente. Para empadronarte, además del DNI, deberás aportar los documentos que acrediten tu residencia en el municipio, tales como contrato de alquiler o escritura de propiedad, contrato de luz o similares.

El empadronamiento es un requisito para solicitar diversas ayudas de las Administraciones Públicas a favor de los retornados, así como para el reconocimiento de determinados derechos, por eso es aconsejable que otorgues prioridad a estos trámites.

¿Cómo acredito mi condición de retornado? Si has vuelto de un país distinto a los pertenecientes a la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo, Suiza, o si has retornado de Australia sin haber recibido allí la residencia permanente, deberás obtener el certificado de emigrante retornado si quieres solicitar, siempre que reúnas los requisitos, alguna de las siguientes prestaciones:

  • La prestación por desempleo contributivo.
  • El subsidio por desempleo para emigrantes retornados.
  • La renta activa de inserción. 

El certificado acreditará la condición de emigrante retornado, la fecha de la última salida de España, la fecha del retorno; el tiempo trabajado en el extranjero; el período de ocupación cotizado, en su caso, así como que el trabajador no tiene derecho a prestación por desempleo en dicho país.

Y seguro que en tu lista de prioridades y necesidades básicas has incluido esta. ¿Puedo conducir en Galicia?

Sí, tu permiso de conducir tiene validez en España si has regresado de un estado miembro de la UE o del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega). En el caso de que tu país de procedencia sea otro consulta si tiene convenio con España para poder hacer el canje del permiso de conducir. Suiza, Venezuela, Uruguay, Argentina, Brasil y Andorra, entre otros, sí lo tienen.

Para realizar este canje tienes que llamar al 060 y que te den cita previa para acudir a la Jefatura de Tráfico de la provincia de tu domicilio con la documentación requerida.

En tu caso, si ya tenías el permiso de conducir español y te ha caducado mientras vivías en un estado que no es miembro de la UE ni del EEE o con el que España no tenga convenio de canje, podrás obtener una prórroga, siembre que el conseguido en alguno de dichos estados se encuentre en vigor y acredites haber establecido de nuevo tu residencia en España, durante un plazo de cuatro años. 

Hay otro tipo de documentos que también es conveniente que traslades a España para futuros trámites, entre ellos las certificaciones de nacimiento, matrimonio o defunción ocurridas en el extranjero y cuya inscripción fue realizada en un Consulado español deberás solicitarlas en el Registro Civil Central en Madrid. Puedes pedir el traslado del expediente al Registro Civil de tu localidad, para lo que tendrás que justificar haber realizado dicha inscripción mediante el libro de familia o una certificación expedida en el Consulado. 

Otro como la certificación de diversidad de apellidos tiene como finalidad resolver problemas de identificación de las personas que son designadas por apellidos distintos por la aplicación de las diferentes legislaciones que pueden entrar en juego en los distintos países. Este hecho deberá anotarse en el Registro Civil del lugar donde esté inscrito el nacimiento. Una vez realizada la anotación, podrá expedirse el certificado.

Y lo que no debe preocuparte que se haya quedado en oficinas extranjeras son tus ahorros. Si has retornado y aún eres titular de una cuenta bancaria, depósito a plazo o cuentas de valores, podrás seguir manteniéndolas sin ninguna restricción, siendo libres los cobros y los pagos entre residentes y no residentes mediante abonos y adeudos en dichas cuentas. Ten en cuenta, no obstante, el deber de declarar las operaciones ante el Banco de España, y las condiciones de las mismas.

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Como pensionista, ¿tengo derecho a la asistencia sanitaria?

  • Una de las mayores preocupaciones a las que te tienes que enfrentar al empezar esta nueva etapa en retorno es al grado de cobertura sanitaria que te corresponde, especialmente si eres pensionista.
19
Dec
2019

Una de las mayores preocupaciones a las que te tienes que enfrentar al empezar esta nueva etapa en retorno es al grado de cobertura sanitaria que te corresponde, especialmente si eres pensionista. Como español residente en el exterior que regresas estás protegido por esta prestación si percibes una pensión o una ayuda periódica de algún régimen de la Seguridad Social.

Tu derecho de acceso a la asistencia sanitaria también cubre como beneficiarios a tu cónyuge o conviviente como pareja de hecho. Tu ex cónyuge o persona separada judicialmente a tu cargo como asegurado, también estará protegido por la prestación por percibir una pensión compensatoria.

Tus descendientes si son menores de 26 años o mayores con discapacidad igual o superior al 65% también entran en la cobertura.

Si procedes de un país miembro de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo y Suiza siendo titular de una pensión a cargo de dicho país que te da derecho a prestación sanitaria, tendrás cubierta, tanto tú como tus posibles beneficiarios, la asistencia en España una vez que fijes tu residencia.

Para realizar esta gestión, deberás acudir a la oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social que te corresponda presentando el formulario S1 que te será proporcionado por la institución competente extranjera a efectos del seguro de enfermedad. Una vez efectuados los trámites oportunos, el INSS te facilitará el documento de asistencia previsto para los pensionistas de la Seguridad Social española.

También tendrás la prestación sanitaria cubierta si regresas de otros países con los que España tiene suscrito un convenio de Seguridad Social que incluye la exportación de asistencia sanitaria en residencia habitual, por lo que deberás hacer efectivo el formulario establecido según el estado de procedencia en tu oficina del INSS.

El siguiente paso tras recibir tu reconocimiento como asegurado es iniciar la solicitud de la tarjeta sanitaria, que en Galicia gestiona el Sergas, acudiendo al centro de salud que te corresponde con la documentación que te hayan proporcionado y el certificado de empadronamiento.

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A Veiga frena la sangría poblacional

  • Este municipio ourensano ha conseguido paliar la bajada del censo con medidas para mantener sus vecinos. ¿Cómo? Pues consiguiendo que la gente elija vivir en A Veiga. Algunos son nuevos vecinos y otros han regresado a casa. ¿El motivo? «Seguro que non todos viñeron polas medidas, pero moitos si».
17
Jan
2020
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¡TU MASCOTA TAMBIÉN RETORNA!

  • Se llama Bicho e intuye que algo está pasando, de hecho ya ha intentado meterse en la maleta. Es tu mascota y no quiere quedarse atrás. Bicho es un miembro más de la familia y no te planteas retornar sin él, así que también deberás preparar su documentación para viajar.
12
Dec
2019

Las condiciones pueden variar dependiendo del tipo de animal del que se trate y del país desde el que regresáis, pero como norma general tendrá que viajar contigo e identificado, portando además un certificado sanitario con el registro de vacunación al día y redactado en español. 

El transporte más popular para hacer una mudanza con mascotas es en avión, para que pasen el menor tiempo posible viajando y que no sufran tanto estrés.

Si viajas a España desde un país de la Unión Europea y Bicho es un perro, un gato o un hurón de compañía tendrá que cumplir estos requisitos:

  • Disponer de un pasaporte europeo para el movimiento de animales de compañía. Este documento recoge toda la información sanitaria de tu mascota. Tendrá que tener cumplimentados los datos de propietario, descripción del animal, marcado, expedición del pasaporte y vacunación antirrábica.
  • Estar identificado con un microchip con tus datos de contacto. La fecha y parte del cuerpo en la que se encuentra el dispositivo debe estar especificado en el pasaporte. Si lo que presenta el animal es un tatuaje identificativo y se ha hecho antes del 3 de julio de 2011, deberá continuar legible.
  • Estar vacunado contra la rabia con una vacuna en vigor en el momento de realizar el viaje e incluida en el pasaporte. Es la vacuna más importante a la hora de hacer una mudanza con mascotas y tienes que habérsela puesto al menos 21 días antes del viaje. No se autoriza la entrada de este tipo de animales si aún no han cumplido las 15 semanas y por lo tanto no están vacunados contra la rabia.

     

Si Bicho te acompaña desde un país no miembro de la Unión Europea presta atención porque deberás entrar con él a través de uno de los Puntos de Entrada de viajeros designados (los aeropuertos gallegos lo son, así como el puerto de A Coruña y el de Vigo) y declarar al Resguardo Fiscal de la Guardia Civil que viajas con un animal de compañía presentando su documentación.

SI NO DISPONES DEL PASAPORTE EUROPEO TIENES QUE PRESENTAR:

  • Un certificado zoosanitario firmado por un veterinario oficial de tu país de origen, y en castellano.
  • Una declaración, ambos documentos conforme a los modelos de la UE. 
  • Una copia certificada de los datos de identificación y vacunación.
  • Además, también tendrá que llevar microchip o tatuaje y la vacuna contra la rabia. 

 

¿Y CÓMO TRANSPORTO A MI MASCOTA?

Si pesa menos de ocho kilos tu mascota puede viajar como equipaje de mano en cabina y sólo es posible si tú viajas en el mismo avión. Para que tenga suficiente espacio para moverse, ten en cuenta que el transportín sea amplio, pero no puede exceder las medidas 40/55 centímetros de largo por 30/40 de ancho por 20/30 de alto, cumpliendo los estándares IATA.

Si no puede viajar contigo en cabina, puedes optar por un traslado como cargo en la bodega del avión, aunque es importante planificarlo con mucha antelación porque el espacio reservado es limitado.

Asegúrate de que Bicho cumple todos los requisitos antes del retorno. Es recomendable que te pongas en contacto con tu veterinario con la antelación suficiente para arreglar su documentación. Si viajas dentro de la UE pide cita al menos dos meses antes, y si viajas desde, con una mayor antelación. Como profesional te aconsejará si tu mascota está en condiciones de afrontar el traslado o cómo hacerlo, tanto a nivel de salud como de seguridad, porque necesitará cuidados durante el trayecto.

Recuerda que puedes viajar con un máximo de cinco mascotas, de lo contrario se aplican las normas para el comercio de animales. Un incumplimiento de los requisitos podría provocar la inmovilización de tu mascota en instalaciones de cuarentena o su reexpedición. 

Una vez instalados, es necesario que vigiles la adaptación de Bicho a su nuevo ambiente y que busques un veterinario que continúe con sus cuidados y que actualice su sistema de identificación.

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LA MUDANZA: MUEBLES QUE CRUZAN FRONTERAS Y OCÉANOS

  • Trasladar tu domicilio de un país a otro ya ha sido una decisión difícil de tomar, porque dejas atrás tu hogar. Así que, ¿te has planteado viajar con la casa a cuestas? Puede que rodeado de tus enseres personales se te haga menos dura la adaptación a tu nueva ciudad.
18
Jan
2020

Está claro que, debido al coste económico, no es lo mismo que tus muebles crucen una frontera o un océano, pero estudia todas las opciones y decide.

El gasto más importante que te puedes encontrar es si tienes que contratar una empresa de mudanza internacional, así que viajes desde América o desde Europa pide todos los presupuestos posibles teniendo en cuenta:

  • El tamaño de la mudanza. Escoge bien lo que puedes llevar contigo en el momento del viaje, sobre todo tus objetos de valor y los más personales y piensa que tampoco tienes que trasladarlo todo. Seguro que hay objetos o muebles reemplazables o que puedes comprar en tu país de destino.
  • La distancia y el tipo de transporte: Resulta obvio que el transporte aéreo es más rápido y más caro y el marítimo más lento y más barato, y que si la distancia es mayor, se incrementarán los costes.
  • El momento de la mudanza: En determinadas épocas del año los costes pueden aumentar, especialmente si coinciden con los meses de vacaciones, de junio a septiembre.

     

Tipos de transporte

Elegir el transporte marítimo, por ejemplo si te trasladas desde América, puede ser tu única opción si necesitas una gran mudanza, pero también puedes compartir contenedor para que el esfuerzo económico no sea tan grande. Ten en cuenta a la hora de hacer el presupuesto los gastos de aduana en puerto, ya que se cobra según el valor de los bienes y debes hacer una lista detallada de todos ellos para adjuntarla a la solicitud de importación.

El transporte en avión es más rápido, pero si tienes un importante volumen de objetos, el traslado se encarecerá.

Las mudanzas por carretera son las más frecuentes cuando el destino está en Europa. Si no te cabe todo en tu coche, puedes contratar un vehículo de transporte sólo para tus cosas o compartir el espacio con otros clientes. El buen estado de las conexiones por vía terrestre también ayuda a que este tipo de mudanzas tengan una mayor oferta entre la que elegir. Desde empresas especializadas a taxistas que llevan toda la vida viajando desde Galicia a Suiza, por ejemplo.

La comodidad de que tus muebles y objetos viajen de una casa a otra te facilitará el retorno, pero no por ello pueden surgir contratiempos. Es recomendable que te informes de la cobertura que te ofrece la empresa y si es necesario contratar otro seguro de mudanzas.

Busca opiniones y recomendaciones antes de decidir, en Internet puedes encontrar además comparativas de precios, e infórmate de todos los trámites que tienes que cumplir antes de que tú y tus muebles emprendáis un buen viaje.

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¿Por qué necesito el Certificado de Emigrante Retornado?

  • El Certificado de Emigrante Retornado (CER) es un documento que debes solicitar si regresas de un país que no sea de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtenstein), Suiza o Australia, y que es imprescindible para tu inserción laboral.
28
Sep
2019

Con este documento acreditas tu condición de ciudadano español que emigró para trabajar y que regresa definitivamente a su país.

El CER recoge la fecha de la última salida de España, la fecha de retorno, el tiempo trabajado en el país al que emigraste, el tiempo de ocupación cotizado, e información de que como trabajador no tienes derecho a la prestación por desempleo en el país del que vuelves.

Para qué sirve

Este documento es necesario para que puedas participar en las convocatorias de ayudas ante las administraciones estatales, autonómicas y locales. Por ejemplo, debes tramitarlo para solicitar alguna de estas prestaciones, y si reúnes los requisitos establecidos en cada caso:

  • La prestación por desempleo de nivel contributivo.
  • El subsidio por desempleo para emigrantes retornados
  • La renta activa de inserción.

Es recomendable que pidas el certificado nada más regresar a Galicia, porque tiene una validez de dos años. 

Documentación

Puedes solicitarlo ante el Área de Trabajo e Inmigración de la Delegación o la Subdelegación del Gobierno acreditando los siguientes puntos:

  • DNI o pasaporte en vigor.
  • Tener la nacionalidad española durante el tempo trabajado en el extranjero. 

En el caso de hijos y nietos de emigrantes, para un primer retorno a España para fijar su residencia permanente, se tendrá en cuenta la actividad laboral desde que adquirieron la nacionalidad española siempre que esté inscritos en el Registro de Matrícula Consular.

  • Fecha de la última salida de España, mediante presentación de pasaporte o documento justificativo.
  • Fecha del retorno a España, probada con billete de avión y el pasaporte con los sellos de salida y entrada. La baja en el Registro de Matrícula Consular no es prueba suficiente.
  • Trabajo realizado en el extranjero y duración del mesmo, acreditados mediante contratos, certificados o cotización a la Seguridad Social, debidamente legalizados antes del retorno.
  • Declaración responsable del país de origen de que no percibes prestación por desempleo.

En el caso de que retornes des los países da UE, Espacio Económico Europeo, Suiza ou Australia (con autorización de residencia permanente en este país) no necesitarás el CER para acceder a la prestación de desempleo porque acreditarás tu trabajo en el exterior a través de los siguientes formularios:

  • Formulario U1 si procedes de la UE o Suiza.
  • Formulario E301 si procedes de Noruega, Islandia o Liechtenstein.
  • Formulario “Verification of working life residence in Australia” si retornas de Australia con residencia permanente.

 

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Pide la Tarjeta Bienvenida para tu bebé si acabas de volver

  • Si tu hijo nació en 2019 o formalizas su adopción o guardia este año, el plazo de presentación de la solicitud es de dos meses a partir de su nacimiento
10
Oct
2019

Este 2019 fue el año de los cambios de tu vida. Acabas de tener un bebé y te animaste a volver a Galicia para criarlo aquí. A los gastos que conlleva el regreso desde el extranjero y empezar una nueva etapa, se suman los de tu hijo. Para que puedas afrontar a compra de todo lo que necesita, como emigrante retornado también puedes acogerete a los beneficios de la Tarxeta Bienvenida, aunque tu bebé ya tenga más de dos meses.

Se tu hijo nace en 2019 o formalizas su adopción o guarda este año, el plazo de presentación de la solicitud es de dos meses a partir de su nacimiento, pero se nació antes de tu retorno tienes un plazo diferente: dos meses a partir del día siguiente al que consta en la documentación que acredita tu fecha de regreso a Galicia.

Para optar a esta subvención debes cumplir varios requisitos, entre ellos tener la nacionalidad española antes del retorno.

El importe de la ayuda es de 1.200 euros (100 euros al mes) para el primer año de vida de tu hijo, aunque podrá prolongarse (con otras cuantías) hasta los 3 años si a tu renta familiar es igual o inferior a los 22.000 euros anuales.

Dispones de toda la información y documentación necesaria a través de este enlace.

Y si tu hijo ya cumplió los 3 años también tienes ayudas

La Tarjeta Bienvenida beneficia alos menores de 3 años, pero se tienes hijos de entre 3 y 18 años puedes optar a lass ayudas extraordinarias que la Secretaría Xeral de Emigración destina a los gallegos emigrantes retornados a sus familias.
 
Se tu regreso se produjo este año 2019, la ayuda económica es de 1.000 euros por cada hijo de entre 3 y 18 años, se tienes un o dos. Este importe aumentará hasta os 1.500 euros a partir del tercer hijo menor de edad.
 
Y si decidiste vivir en el ámbito rural y estais empadronados en el momento de pedir la subvención, las cifras anteriores se verán incrementadas en un 25%.
 
Aún estás a tiempo de solicitarla, el plazo se amplió hasta el 31 de octubre.
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