- El programa Aprol Economía Social sigue abierto hasta el próximo 30 de septiembre, y las ayudas se incrementan en un 25 % en el caso de personas emigrantes retornadas
- Se apoya la incorporación de nuevos socios trabajadores con ayudas que pueden alcanzar los 67.500 euros por entidad y hasta 16.500 para cada nuevo socio o socia
Las cooperativas y las sociedades laborales se han convertido en un modelo creciente y en auge dentro de la llamada economía social. En él pueden encontrarse firmas tan relevantes como Clun, formada por Melisanto, Feiraco y Os Irmandiños, o Coren. Un sector en el que, si estás pensando en volver a Galicia, puedes encontrar un empleo.
Para ello, algunas iniciativas como el programa Aprol Economía Social priorizan a los emigrantes retornados, incrementando un 25% sus apoyos.
Este programa cuenta con dos líneas destacadas. La primera, destinada a las cooperativas y las sociedades laborales para que incorporen personas socias trabajadoras. Y por otro lado, apoyando directamente a las personas desempleadas o trabajadoras temporales que desean acceder a la condición de socias en estas entidades.
Se prevé que con la convocatoria de este año se pueda llegar hasta las 100 cooperativas o sociedades laborales beneficiarias, que podrán incorporar hasta 250 nuevas personas socias trabajadoras. El plazo de presentación de solicitudes estará abierto aquí hasta el 30 de septiembre, y podrán concurrir todas las incorporaciones que se produzcan entre el 2 de octubre de 2019 y el 14 de noviembre de 2020.
Las ayudas a las que podrán optar las cooperativas y sociedades laborales son de entre 6.000 y 16.500 euros por cada persona que incorporen a tiempo completo, sea desempleada, trabajadora temporal de la propia entidad o socia a prueba de esta. Una sola entidad podría llegar a percibir hasta 67.500 euros por esta línea de ayudas.
Por su parte, las personas que quieran acceder como socias trabajadoras a una cooperativa o sociedad laboral, podrán percibir una ayuda de entre 6.000 y 16.500 euros (en función del capital social que tengan que aportar a la entidad) si se incorporan a tiempo completo. Pueden optar a esta subvención las personas desempleadas, asalariadas (fijas o temporales) de la entidad o socias a prueba, así como las trabajadoras de otro tipo de empresas que se transformen en cooperativas o sociedades laborales.