- La homologación otorga en España validez oficial a los títulos de educación superior obtenidos en el extranjero. Un título universitario extranjero y homologado posee los mismos efectos. Así que si homologas tu título, la respuesta es sí, tu título tendrá la misma validez en España y Galicia.
08
Oct
2019
La homologación otorga en España validez oficial a los títulos de educación superior obtenidos en el extranjero. Un título universitario extranjero y homologado posee los mismos efectos, académicos y profesionales, del título o grado español al cual se homologa; desde la fecha en que se conceda y se expida el correspondente credencial por el Ministerio de Educación.
Para obtener esta credencial es necesario presentar una solicitud, en Galicia puedes hacerlo en las áreas funcionales de Alta Inspección de Educación de las Delegaciones del Gobierno.
Para iniciar el procedimiento necesitas presentar:
- Copia cotejada del documento que acredite la identida y nacionalidad del solicitante, expedido por las autoridades competentes del país de origen o de procedencia, o por las autoridades españolas competentes en materia de extranjería. En el caso de ciudadanos españoles, fotocopia compulsada del DNI o autorización para verificar los datos de identidad que obran en poder de la Administración.
- Copia cotejada del título universitario cuya homologación se solicita o de la certificación acreditativa de su expedición.
- Copia cotejada de la certificación académica de los estudios realizados por el solicitante para la obtención del título, en la que consten la duración oficial, en años académicos, del plan de estudios seguido, las materias cursadas e la carga horaria de cada una de ellas.
La petición se podrá resolver, de forma motivada, mediante:
- La homologación del título extranjero al correspondiente título español del catálogo de títulos universitarios españoles.
- La denegación de la homologación solicitada.
- La homologación condicionada a la previa superación de requisitos formativos complementarios. En este caso, la resolución deberá indicar de forma expresa las carencias formativas observadas que justifiquen la exigencia de estos complementos, así como los aspectos sobre los que deberán tratar.