- Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el padrón municipal del municipio donde resida habitualmente.
El empadronamiento es un requisito para solicitar diversas ayudas de las Administraciones Públicas a favor de los retornados, así como para el reconocimiento de determinados dEl empadronamiento es un requisito para solicitar diversas ayudas de las Administraciones Públicas a favor de los retornados, así como para el reconocimiento de determinados derechos.
Cuando el solicitante sea un español procedente del extranjero el Ayuntamiento lo comunicará al Instituto Nacional de Estadística donde será dado de baja en el fichero del Padrón de españoles residentes en el extranjero, trasladando a misma, a través del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, a la correspondiente Oficina o Sección Consular donde, sin más trámite, será dado de baja en el Registro de Matrícula.
Como emigrante retornado deberá llevar para empadronarte, además del DNI como documento probatorio de su identidad, los documentos que acrediten su residencia en el dicho municipio, tales como contrato de alquiler o escritura de propiedad de la vivienda, contrato de luz o similares.
El empadronamiento es un requisito para solicitar diversas ayudas de las Administraciones Públicas a favor de los retornados, así como para el reconocimiento de determinados derechos. El alta en el Padrón municipal y la baja en el Registro consular provocan, de oficio, la alta en el Censo electoral en el municipio de inscripción padronal y la baja en el CERA.