- La Renta de inclusión social de Galicia, conocida como la Risga, es una prestación destinada a garantizarte recursos económicos si te encuentras en una situación precaria y poder ayudarte en tu proceso de integración social y laboral en la comunidad.
. Como emigrante retornado formas parte de uno de los colectivos en riesgo de exclusión a los que se dirige la subvención, cuyo procedimiento de solicitud está abierto todo el año.
Puedes solicitar la prestación si reúnes los siguientes requisitos:
- Ser mayor de 25 años, con residencia efectiva y legal en Galicia. Como emigrante retornado no tendrás que cumplir la exigencia de un empadronamiento mínimo de seis meses, pero sí presentar la baja consular.
- Situación acreditada de carecer de ingresos suficientes para la subsistencia, inferiores a la cuantía que te correspondería de ayuda, ni tampoco de bienes patrimoniales.
- Si no tienes familia o personas “legalmente obligadas y con posibilidad real” de prestarte apoyo para subsistir.
Ten en cuenta que si no tienes cargas familiares, la cuantía mínima es de 403,38 euros, cifra que se irá incrementando en función del número de miembros de la unidad familiar y de la existencia de menores de edad en ella.
Por ejemplo, si sois cuatro la cuantía es de 597 euros. A partir de cinco miembros de familia, el límite máximo del complemento familiar si no hay niños en la unidad de convivencia es de 645,41 euros, y si los hay es de 726,08.
Puedes consultar los tramos en la Consellería de Política Social así como la incompatibilidad con el cobro de otras pensiones.
En este sentido, deberías saber que Política Social ha fijado como criterio los ingresos reales y no los derechos económicos para permitirte el acceso a la Risga si perteneces al colectivo de retornados jubilados venezolanos. Antes no podías cobrarla si tenías derecho a una prestación por retiro en el país extranjero, aunque no la percibieras.
Compaginar ayuda y salario
En cambio, desde el pasado mes de septiembre se puede compaginar el cobro de la Risga con un salario durante seis meses, siempre que no superen los 1.215 euros al mes. Se trata de incentivar la inserción laboral, y en caso de no encontrar trabajo, fomentar la búsqueda a través de un complemento de 188 euros si realizas cursos de formación.
Tienes la opción de solicitar la prestación a través de este procedimiento en la sede electrónica de la Xunta, donde además puedes consultar toda la documentación que debes presentar, o acudiendo a los Servicios Sociales de tu Ayuntamiento o a las Jefaturas Territoriales de la Consellería de Política Social.
Recuerda asimismo que puedes recurrir a las nuevas Oficinas Integrales de Asesoramiento y Seguimiento al Retorno para recabar información y orientación en los trámites.